Convocatoria de Junta General Extraordinaria
Por acuerdo del Consejo de Administración, celebrado el 10 de Septiembre de 2.020 se convoca JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA a celebrar en primera convocatoria en la sede Social de la Compañía, sito en la calle Mompó, número, 2 de la localidad de CAMPO DE CRIPTANA (Ciudad Real), el día 15 de octubre a las 12 horas y, en su caso, en segunda convocatoria, al día siguiente, a la misma hora, de acuerdo con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
Primero.- Reelegir auditores de cuentas de la sociedad, a la sociedad de auditoría ARCOASA AUDITORES, S.L., constituida el 12 de Mayo de 1.994, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 8.334, folio 105, sección 8ª hoja M-134.382, inscripción primera, con CIF B/80912629 y con número de inscripción en el R.O.A.C. SO971.
Este nombramiento se realiza por un periodo de tres años que comprenderá la realización de las auditorías de los ejercicios 2.020 a 2.022 ambos inclusive, así como los trabajos profesionales que durante este periodo se les encomiende como auditores de la sociedad.
Segundo.- Facultar a Don Marcelino Chacón Escribano para que otorgue cuantos documentos públicos y privados resulten necesarios para la ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General hasta su definitiva inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente se acuerda por unanimidad delegar en el Presidente para que realice todos los trámites necesarios para efectuar la referida convocatoria de Junta.
DERECHO DE INFORMACION
De conformidad con lo establecido en el artículo 197 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
DERECHO DE REPRESENTACION
En los términos previstos en el artículo 184 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que no asistan a la Junta podrán delegar la representación en otra persona, aunque ésta no sea accionista.
Sin perjuicio de lo establecido en la Ley para los casos de representación familiar y de otorgamiento de poderes generales, la representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para esta Junta. Los copropietarios de una acción habrán de designar una sola persona para el ejercicio de los derechos de socio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126 del citado cuerpo legal.
Campo de Criptana, 10 de septiembre de 2.020, Los Consejeros, FINCAS SARA, S.A., GESTION AGRARIA INDUSTRIAL, S.L., GESTIONES AGROINDUSTRIALES, S.A., PROALIMENTARIA INDUSTRIAL, S.L. Y GESAGRO, S.L.